Wednesday, 7 de January de 2009

FES Federación Española de Sociología


Estatutos de la Federación Española de Sociología

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA: Los nuevos órganos y estructuras, deberán crearse y adoptarse en el plazo más breve posible, y en todo caso en el plazo máximo de 1 año, correspondiendo al Comité Ejecutivo actual la adopción de las medidas necesarias para ello, incluidas la propuesta, para su aprobación por el actual Consejo Federal, de los reglamentos correspondientes cuando el articulado de los presentes Estatutos así lo requiera.

SEGUNDA: A medida que se constituya cada uno de los Consejos se procederá a la elección de sus representantes a la Asamblea General, y cuando se haya procedido a la elección de todos ellos, el Presidente de la FES convocará a la reunión constituyente de la Asamblea Federal. Hasta ese momento, el Consejo Federal y el Comité Ejecutivo establecidos con arreglo a los Estatutos hasta ahora vigentes cumplirán las funciones que estos nuevos Estatutos confieren a la Asamblea Federal y al Comité Ejecutivo.

TERCERA: Desde el momento de la aprobación de estos Estatutos todos los miembros colectivos e individuales tienen un plazo máximo de dos meses para poner al día las obligaciones previstas en los artículos 9 y 12 o, en todo caso, con carácter previo a la constitución de los distintos Consejos


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